Las políticas de acceso abierto van desde amplias declaraciones de apoyo y promoción -declaraciones internacionales- a mandatos más prescriptivos de los organismos que financian la investigación, en forma de leyes, así como políticas institucionales que declaran su apoyo al acceso abierto como principio y animan a los académicos a publicar de esta forma.
La Universidade da Coruña firmó la adhesión institucional a la Declaración de Berlín en enero de 2006, por propuesta de la Comisión de Biblioteca Universitaria.
Desde los anos 90, las facilidades para intercambio de información que ofrece internet junto al alto coste de las suscripciones de revistas científicas, propician la aparición de las primeras iniciativas para promover el acceso abierto a la información, que junto con los compromisos institucionales acaban por definir e impulsar este movimiento.
Los propios científicos son los que impulsan estas primeras iniciativas: Arxiv (1991) o Public Library of Science (PLOS)) (2000) son un ejemplo.
En los primeros años del siglo XXI aparecen declaraciones de ámbito internacional que avalan el compromiso social con el acceso abierto y acaban de definirlo. Las más conocidas son estas:
Declaración de Budapest(2002). Aboga por el libre acceso a la literatura científica a través de Internet, respetando las leyes de copyright.
Declaración de Berlín, (2003). Apoya abiertamente el movimiento de acceso abierto y compromete a las instituciones para favorecer e impulsar esta vía.
Programa Horizonte 2020 es un programa público de inversión de la UE destinado a impulsar la investigación, la innovación y la competitividad para el período 2014-2020.
Todos los proyectos financiados o cofinanciados por alguna convocatoria H2020 están afectados por un mandato de acceso abierto.
Para las publicaciones resultado de la investigación:
Para los datos usados en la investigación:
Horizonte Europa 2021–2027 es el próximo programa de investigación e innovación de la UE, continuidad de Horizonte2020. Horizonte Europa recoge el principio de «ciencia abierta», y exige también un acceso abierto a las publicaciones y a los datos.
Otras políticas de acceso abierto
Artículo 37. Difusión en acceso abierto.
1. Los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación impulsarán el desarrollo de repositorios, propios o compartidos, de acceso abierto a las publicaciones de su personal de investigación, y establecerán sistemas que permitan conectarlos con iniciativas similares de ámbito nacional e internacional.
2. El personal de investigación cuya actividad investigadora esté financiada mayoritariamente con fondos de los Presupuestos Generales del Estado hará pública una versión digital de la versión final de los contenidos que le hayan sido aceptados para publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas, tan pronto como resulte posible, pero no más tarde de doce meses después de la fecha oficial de publicación.
3. La versión electrónica se hará pública en repositorios de acceso abierto reconocidos en el campo de conocimiento en el que se ha desarrollado la investigación, o en repositorios institucionales de acceso abierto.
4. La versión electrónica pública podrá ser empleada por las Administraciones Públicas en sus procesos de evaluación.
5. El Ministerio de Ciencia e Innovación facilitará el acceso centralizado a los repositorios, y su conexión con iniciativas similares nacionales e internacionales.
6. Lo anterior se entiende sin perjuicio de los acuerdos en virtud de los cuales se hayan podido atribuir o transferir a terceros los derechos sobre las publicaciones, y no será de aplicación cuando los derechos sobre los resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación sean susceptibles de protección.
El RD 99/2011 indica que, una vez aprobada la tesis de doctorado la Universidad deberá ocuparse de su archivo en un repositorio institucional (artículo 14).
La UDC recoge también este mandato en el artículo 39 de su Reglamento de estudios de doctorado y por lo tanto todas las tesis de la UDC se publican en el RUC, el repositorio institucional.
Estos dos directorios permiten identificar y analizar las políticas existentes, nacional e internacionalmente, que favorezcan, impulsen o requieran el acceso abierto de la producción científica.
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